Convocatoria: Apoyo de la actividad comercial en zonas rurales (Gobierno de España)
Ayudas para el apoyo de la actividad comercial en zonas rurales (Ministerio de Industria, Comercio y Turismo)
Finalidad
Financiación de proyectos de impulso a la competitividad, innovación y modernización de los canales de distribución en entidades locales de hasta 5.000 habitantes, y en especial a aquellas en zonas más despobladas o con menor densidad de población, dentro el marco de la línea política tractora “Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia “España Puede”.
Objetivos
- Revertir los efectos negativos provocados por la COVID-19
- Reforzar la actividad y distribución comercial mediante tecnologías actuales
- Fomentar la cohesión económica y social, la generación de empleo y la creación de sinergias entre municipios, comercios y vecinos facilitando el consumo y entrega de los productos
Beneficiarios
- Los municipios, con poblaciones de hasta 5.000 habitantes
- Las provincias y consejos insulares siempre que tengan una media de población de los municipios que no supere los 5.000 habitantes
- Las comarcas u otras entidades que agrupen varios municipios, en los que la media simple de la población de los municipios que la integren no supere los 5.000 habitantes
Requisitos
- En los proyectos que se presenten a esta convocatoria podrán financiarse gastos devengados y pagados entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2023.
- La realización del proyecto presentado para su financiación deberá estar finalizado en dicha fecha.
- Quedan excluidos aquellos proyectos terminados a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- Se deberá dar cumplimiento a cualquier otro requisito contemplado en la orden de bases reguladoras y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones que sean de aplicación.
Acciones subvencionables
Los potenciales beneficiarios deberán presentar una solicitud de ayuda única que podrá englobar una o varias de las categorías indicadas a continuación:
- Transformación digital
Mejorar la experiencia de compra en el entorno digital de los clientes, realización de campañas online.
- Transformación del punto de venta
Obras para la construcción de un nuevo establecimiento comercial o mejora en uno ya existente, adquisición del equipamiento comercial necesario, inversión en obras para mejorar las instalaciones, su accesibilidad y adecuación de las áreas comerciales (No se subvencionarán actuaciones relacionadas con la adaptación de la actividad comercial al COVID – 19).
- Sostenibilidad y economía circular
Reducir el consumo de productos de un solo uso por parte del comercio y de los consumidores, implementación de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia en el consumo energético y de otros suministros en los establecimientos comerciales.
- Cadena de suministro y trazabilidad
Inversión en proyectos que, mediante la utilización de nuevas tecnologías, generen redes de suministro y comunicación locales o de proximidad que involucren a la totalidad o parte de los siguientes actores: comercio minorista, productores locales y proveedores de servicios afines.
- Sensibilización y formación
Sensibilización y formación teórica y práctica sobre el Marketing Digital, Formación, sensibilización y campañas para el fomento de estrategias de economía circular, incluyendo los gastos necesarios para crear estas campañas.
Presupuesto
El importe total de la ayuda convocada es de €4.823.000, con un porcentaje de financiación de un mínimo del 60% y un máximo del 100% pudiendo ser cofinanciado hasta en un 40% por el beneficiario de la ayuda y por la comunidad autónoma.
Presentación de la solicitud
Telemática (sede electrónica del Ministerio)
Fecha límite
06/10/2021
Sólo serán admitidas las solicitudes que hayan sido grabadas en el antes de las 24:00 (hora oficial española) o de las 23:00 (hora insular canaria).
Más información
Bases Orden ICT/950/2021, de 10 de septiembre (BOE 11/09/2021)